Escrituras relativas a actos inmobiliarios

La escritura pública documenta operaciones inmobiliarias como compraventas, hipotecas y cartas de pago, permitiendo su inscripción en el Registro de la Propiedad.

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Qué es

La "prefirma" suele referirse al acta previa notarial exigida por la Ley 5/2019 (préstamos inmobiliarios a personas físicas), donde el notario verifica que el prestatario ha recibido la documentación precontractual, la entiende, resuelve dudas y se deja constancia de ello. Es un trámite previo y obligatorio antes de firmar la hipoteca en muchos supuestos.

Pasos de tramitación

1

Recepción de documentación del banco

El banco envía la documentación precontractual a la notaría a través de la plataforma habilitada, dentro de los plazos legales establecidos.

2

Cita con el prestatario para asesoramiento

Explicación de cláusulas relevantes, riesgos, gastos, tipo de interés, vencimiento anticipado, seguros vinculados, etc.

3

Test de comprensión y manifestaciones

El notario formula preguntas al prestatario para verificar que comprende las condiciones del préstamo y recoge sus respuestas.

4

Autorización del acta

Si todo es correcto y el prestatario ha comprendido las condiciones, el notario autoriza el acta previa.

5

Programación de la firma de la hipoteca

Sin acta favorable, la hipoteca no se firma. Una vez autorizada el acta, se programa la firma de la escritura de préstamo hipotecario.

Documentación obligatoria (cliente)

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Preguntas frecuentes sobre la prefirma

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