Escrituras relativas a actos inmobiliarios

La escritura pública documenta operaciones inmobiliarias como compraventas, hipotecas y cartas de pago, permitiendo su inscripción en el Registro de la Propiedad.

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La disolución de comunidad o extinción de condominio es la escritura por la que varios copropietarios de un bien ponen fin a la copropiedad, adjudicando el inmueble a uno o varios de ellos (compensando económicamente al resto si procede).

¿Qué es la disolución de comunidad?

En la práctica, para inmuebles, "disolución de comunidad" y "extinción de condominio" suelen usarse para el mismo concepto: terminar una copropiedad adjudicando el bien a uno o varios y compensando, si procede, al resto.

Las formas más habituales de extinción son:

  • Adjudicación a uno solo: un copropietario se queda con el inmueble y compensa económicamente a los demás.
  • Adjudicación a varios: se ajustan las cuotas entre algunos de los copropietarios.
  • Venta a tercero: si no hay acuerdo entre los copropietarios, se procede a la venta del inmueble (esto ya sería una compraventa, no una extinción propiamente dicha).

Pasos de tramitación

1

Revisión de titularidad y cuotas

Verificar quiénes son los copropietarios y en qué porcentaje ostenta cada uno la propiedad del inmueble.

2

Definir el acuerdo

Determinar quién será el adjudicatario, la valoración del inmueble (para calcular compensaciones), la forma de pago y la fecha prevista.

3

Redacción de la escritura

Elaboración del documento con la adjudicación, el exceso de adjudicación si existe, y los medios de pago utilizados.

4

Firma en notaría

Comparecencia de todos los comuneros (o sus apoderados debidamente autorizados) para firmar la escritura.

5

Tramitación posterior

Liquidación de impuestos (según el caso), presentación en el Registro de la Propiedad, actualización de datos y, si procede, coordinación con Catastro.

Documentación obligatoria

1

Identificación de todos los copropietarios

DNI/NIE/Pasaporte en vigor de todos los copropietarios que firman la escritura.

2

Título de propiedad

Escritura de adquisición o datos registrales del inmueble. La notaría puede obtener nota simple, pero conviene aportar la referencia.

3

Referencia catastral y datos del inmueble

Último recibo de IBI o certificado catastral descriptivo y gráfico.

Datos económicos del acuerdo

Valor de adjudicación, importe de la compensación y medio de pago (transferencia/cheque, con justificante o previsión).

5

Certificado de matrimonio / régimen económico

Si afecta al régimen matrimonial (gananciales, separación de bienes, etc.), deberá acreditarse documentalmente.

Si hay hipoteca sobre el inmueble

Si se pretende asumir la deuda o modificarla, será necesaria documentación bancaria y, normalmente, una operación aparte (novación o subrogación).

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